🥇 ¿Quiénes pueden recibir donativos deducibles? | Crea y fondea tu AC
- julio 16, 2020
- Publicado por: Diego Rendon
- Categoría: Asociaciones Civiles

Para aquellos que apenas se introducen en los proyectos sociales, la recepción de donativos deducibles de impuestos es uno de los principales y más atractivos temas de las organizaciones, sin mencionar una de las alternativas más atractivas de financiamiento. Sin embargo, es de relevancia mencionar que existen ciertas condiciones que se deben conocer para incursionar en el tema.
Aquellas figuras que pueden recibir donativo acorde con la Ley de Impuestos Sobre la Renta, sociedades civiles y fideicomisos dedicados a la asistencia o beneficencia. En términos generales podrán recibir donativos deducibles quienes realicen las siguientes actividades, entre otras (Arts. 31, Fracc. I, incisos b al f, 95, Fraccs. VI, X, XI, XIX y XX, 96, 98 y 99), aquellas organizaciones asistenciales con el objeto de apoyar a:
- Personas, sectores y regiones de escasos recursos. Organizaciones enfocadas a fomentar la economía social en sectores vulnerables o poblaciones determinadas como alta marginación.
- Comunidades indígenas. Organizaciones de apoyo a comunidades rurales y de alta marginación o aquellas catalogadas como poblaciones con altos índices de rezago económico.
- Grupos vulnerables por edad, sexo o discapacidad.
- Las que tienen como fin la impartición de enseñanza cuando cuenten con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios.
- Investigación científica o tecnológica, si están inscritas en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
- Aquellas organizaciones destinadas a fomentar la adopción y desarrollo cultura.
- Ecológicas. Aquellas organizaciones dirigidas al fomento y conservación de flora y fauna.
- Preservación de especies. Aquellas enfocadas a la preservación de especies en peligro de extinción
- Apoyo económico. Las que aportan recursos económicos a las actividades de otras personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles.
- Becas mediante concurso abierto al público en general y con base en la capacidad académica del candidato, para cursar estudios en instituciones de enseñanza que cuenten con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, o cuando se trate de instituciones del extranjero que estén reconocidas por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
- Escuela-empresa, si son parte del plan de estudios u objeto de organizaciones que obtengan la autorización para recibir donativos deducibles
- Obras y servicios públicos. Organizaciones enfocadas al desarrollo de infraestructura para el fomento económico social de las poblaciones.
- Defensa de los derechos humanos. Aquellas enfocadas al fomento y prestación de servicios de defensoría de derechos humanos en todas sus vertientes.
También puede revisar la miscelánea propuesta por el SAT de las entidades que pueden recibir donativos directamente en el portal de la dependencia, ahí podrás encontrar los requisitos y lineamientos a seguir para logar obtener la aprobación correspondiente.
¿Se necesita tener una autorización para recibir donativos deducibles?
Para poder recibir donativos, es necesario recibir la aprobación por medio del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para poder recibir de manera formal el beneficio de donativos, el cuál permite hacerlos deducibles de impuestos para la entidad donante y para la organización de la sociedad civil que lo recibe no causa Impuesto al Valor Agregado (IVA) e ISR. Debes considera que es forzoso solicitar la autorización respectiva mediante la presentación del aviso respectivo a través de Internet.
Una vez formalizada tu OSC y culminado el proceso de protocolización deberás cubrir los requisitos que solicita el SAT. Para realizar el trámite en portal de corresponsabilidad.mx, es necesario llenar el formato electrónico respectivo con los siguientes datos:
- El domicilio para recibir notificaciones, correo electrónico y números telefónicos con clave lada de los establecimientos con que cuenten, o bien, la declaración expresa de no contar con ellos
Adjuntar en forma digitalizada:
- La escritura constitutiva, estatutos vigentes, o el contrato de fideicomiso, y, en su caso, sus modificaciones.
- Los instrumentos notariales contendrán los datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad correspondiente. En el evento de que la escritura pública se encuentre en trámite de inscripción, bastará con anexar la carta del fedatario público que otorgó la escritura en donde señale esa circunstancia.
- El documento que sirva para acreditar las actividades (carta de acreditación de actividades) por las cuales se solicita autorización, salvo tratándose de las organizaciones civiles y fideicomisos que vayan a realizar las actividades previstas en el artículo 95, fracciones VI, X, XI, XII, XIX, XX de la Ley de Impuestos Sobre la Renta (LISR) y 114 de su Reglamento y se ubiquen en algunos de los siguientes supuestos:
- Tenga menos de seis meses de constituida, computados a partir de la autorización de la escritura o de la firma del contrato de fideicomiso respectivo
- Cuando teniendo más de seis meses de constituidas o de firmado el contrato correspondiente no hubiesen operado o de hecho no hubieren desarrollado alguna de las actividades por las cuales solicitan la autorización
Una vez que el SAT y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) verifique que la documentación exhibida cumple con todos los requisitos legales, emitirá una constancia mediante la cual autorizará la recepción de donativos deducibles, dándose a conocer mediante la inclusión de los datos del solicitante en el Anexo 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMISC) vigente, así como en el portal de Internet del SAT.
Con la constancia de autorización la donataria podrá expedir los comprobantes fiscales que amparen el donativo a los interesados, de esta manera la OSC podrá recibir donativos sin límite definido para ella, siguiendo las normativas de transparencia que solicita el SAT para manejo de donativos.
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