En semanas recientes, varios contribuyentes han comenzado a recibir correos electrónicos por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), en los que se les invita a presentar sus declaraciones anuales correspondientes a ejercicios anteriores. Esta solicitud se fundamenta en el hecho de que han recibido ingresos de más de una fuente pagadora, sin hacer distinción entre una relación laboral subordinada y los ingresos clasificados como asimilados a salarios.
Este criterio ha generado incertidumbre entre los contribuyentes. Por ello, resulta importante analizar si esta interpretación tiene sustento legal o si está siendo aplicada de forma incorrecta.
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Revisión profunda del SAT #shorts #Iimpuestos
Un día recibes un aviso del SAT: ‘Vamos a hacerte una revisión profunda'. Y tú piensas… ‘Bueno, que revisen’ Pero lo que no sabes es que este tipo de revisiones no siempre están 100% apegadas a la ley. Estas revisiones profundas se dispararon después de la pandemia. La autoridad dice que es para ‘verificar’… pero muchas veces violan tu seguridad jurídica, tu debido proceso e incluso tus derechos humanos. La Constitución protege contra abusos, y el famoso artículo 22-B dice cómo deben actuar. Pero… el SAT encontró la forma de presionar a los contribuyentes con estas revisiones y recaudar más. Lo curioso es que no es una facultad de comprobación como tal, sino una de ‘gestión’… y ahí está la trampa: se usan para meter presión y sacar dinero, no siempre para verificar de forma justa. Si recibes una de estas revisiones profundas, no te quedes con la idea de que ‘porque lo dice el SAT, está bien’. Se pueden impugnar… y muchas veces se ganan. La ley está de tu lado si sabes cómo usarla.
¿Qué son los ingresos asimilados a salarios?
La Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), en su Artículo 94, establece que algunos ingresos pueden considerarse como asimilados a salarios, aunque no exista una relación laboral formal. Es decir, se trata de percepciones que tributan como si fueran sueldos, pero que no implican necesariamente un vínculo empleador-empleado.
Dentro de estos ingresos se encuentran:
Personas que reciben honorarios y cuyo ingreso proviene mayoritariamente de un solo cliente. También se incluyen aquellos que eligen tributar como sueldos y salarios a pesar de prestar servicios por cuenta propia, miembros de consejos de administración, funcionarios públicos, entre otros.
Es fundamental destacar que este tipo de ingresos no implican una relación laboral subordinada, y por lo tanto, no se puede asumir que el contribuyente tiene múltiples empleadores únicamente por recibirlos.
¿Cuándo existe la obligación de presentar la declaración anual?
El SAT ha interpretado que cualquier persona que perciba ingresos de más de un pagador —sea por sueldos o por asimilados a salarios— debe presentar su declaración anual del ISR. Sin embargo, esta postura puede resultar confusa.
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El Artículo 98, fracción III de la LISR, establece claramente los supuestos en los que sí se debe presentar esta declaración:
Cuando se reciben ingresos adicionales a los del Capítulo de sueldos y salarios, se trabaja para dos o más empleadores al mismo tiempo, se obtienen ingresos desde el extranjero o de personas no obligadas a retener impuestos, o si se superan los $400,000 pesos anuales.
Asimismo, si el trabajador así lo solicita a su retenedor, también puede presentar su declaración voluntariamente.
Por lo tanto, no basta con recibir ingresos asimilados a salarios para estar obligado a declarar. Es indispensable que se cumpla alguno de los criterios mencionados en la ley, como la existencia real de una relación laboral con más de un patrón o el rebasar el monto límite anual.
¿Estoy obligado o no?
El criterio del SAT parece asumir que todo ingreso bajo el régimen de sueldos y salarios implica un vínculo laboral directo, lo cual no siempre es cierto. Los ingresos asimilados tienen naturaleza distinta, aunque para efectos fiscales se les otorgue un tratamiento similar.
Por ello, es fundamental que cada contribuyente conozca bien su situación y no se deje llevar por interpretaciones genéricas que pueden derivar en requerimientos erróneos o declaraciones innecesarias.
Informarse correctamente y consultar con un asesor fiscal especializado puede evitar molestias, gastos adicionales e incluso sanciones injustificadas. En el mundo fiscal, la información clara y precisa siempre será tu mejor defensa.